
El Congreso de Puebla aprobó una reforma al artículo 480 del Código Penal estatal que modifica el delito de ciberasedio. Uno de los principales cambios es que se prohíbe a los servidores públicos presentar denuncias por este delito, con el argumento de que están sujetos al escrutinio ciudadano. Además, se reduce la pena mínima de prisión de once a seis meses.
La reforma también establece que no serán sancionadas las expresiones relacionadas con el ejercicio periodístico ni con la libertad de expresión, siempre que se mantengan dentro del interés público. Asimismo, se refuerza la protección a menores de edad, al permitir que los casos de ciberasedio en su contra sean investigados de oficio.
Aunque el objetivo declarado de la reforma es proteger la libre expresión y delimitar claramente el alcance del delito, organizaciones civiles y partidos de oposición han manifestado su preocupación por posibles riesgos de interpretación ambigua. Algunos legisladores ya han anunciado que presentarán recursos legales para impugnar la modificación.