
La Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió una resolución considerada histórica al determinar que las universidades públicas deben garantizar la gratuidad absoluta en el proceso de titulación. El fallo se originó a partir del amparo promovido por un estudiante de la Facultad de Derecho al que se le exigía pagar un “Curso de Comprensión de Lectura” para cumplir con el requisito de idioma previo a la obtención de su título profesional. Con esta decisión, el máximo tribunal estableció que, tras la reforma constitucional de 2019 en materia educativa, el Estado tiene la obligación de absorber los costos de cualquier requisito que forme parte del plan de estudios, evitando que existan barreras económicas que impidan a los estudiantes concluir formalmente su formación académica.
Durante la discusión del caso, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que los cobros por cursos o trámites obligatorios pueden generar una distinción injustificada basada en el nivel socioeconómico de los estudiantes, lo que contraviene el principio de igualdad en el acceso a la educación superior pública. La sentencia ordena además la devolución del dinero al alumno afectado y establece un precedente relevante para todas las instituciones públicas de educación superior en México, al señalar que no se puede condicionar la obtención del grado académico al pago de cuotas extraordinarias. Con ello se busca asegurar que el proceso educativo, desde el ingreso hasta la entrega del título, sea plenamente gratuito, equitativo y libre de discriminación económica para el estudiantado.
